jueves, 19 de agosto de 2010

RESUMEN DE LO APARECIDO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN.


DECRETO por el que se modifica el artículo 1 del diverso por el que se establece la tasa aplicable durante 2003, del Impuesto General de Importación, para las mercancías originarias de América del Norte, por lo que respecta a las mercancías originarias de los Estados Unidos de América, publicado el 31 de diciembre de 2002.


DECRETO


Se modifica el artículo 1 del Decreto por el que se establece la Tasa Aplicable durante 2003, del Impuesto General de Importación, para las mercancías originarias de América del Norte, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2002, únicamente por lo que respecta a los aranceles aplicables a las mercancías originarias de los Estados Unidos de América clasificadas en las siguientes fracciones arancelarias...


Para revisar el cumulo de fracciones favor de referirse al archivo anexo


TRANSITORIOS


PRIMERO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.


SEGUNDO.- Se abroga el "Decreto por el que se modifica el artículo 1 del diverso por el que se establece la Tasa Aplicable durante 2003, del Impuesto General de Importación, para las mercancías originarias de América del Norte, por lo que respecta a las mercancías originarias de los Estados Unidos de América, publicado el 31 de diciembre de 2002", dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación el 18 de marzo de 2009.

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